Telemedida en contratos de gas para empresas: Cómo optimizar el caudal contratado y evitar sobrecostes
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La telemedida no es solo un requisito normativo; es una herramienta estratégica para empresas industriales. Permite ajustar el caudal contratado a los picos reales, reducir penalizaciones por exceso de capacidad y transformar la factura de gas en un activo de eficiencia operativa.
En el actual mercado energético, la gestión del suministro de gas natural para el sector industrial y terciario ha dejado de ser una cuestión de simple negociación de precio por kWh. Con la consolidación de la reforma de peajes introducida por la Circular 6/2020 de la CNMC, el centro de gravedad del ahorro se ha desplazado hacia la gestión de la capacidad y el control de datos en tiempo real: la telemedida.
Para las empresas que operan con contratos de peajes RL5, RL6, RL7 y RL8, la telemedida no es solo una actualización técnica; es el factor determinante que puede inflar o reducir el término fijo de la factura en miles de euros anuales. En esta guía, analizamos la obligatoriedad, los costes ocultos del hardware y cómo evitar las penalizaciones por exceso de caudal.
La telemedida es un sistema de registro remoto que comunica a la distribuidora, de forma diaria o incluso horaria, el consumo real de gas y el pico máximo de caudal utilizado.
A diferencia del sistema de telegestión básico, la telemedida activa un modelo de facturación por reserva de capacidad. Esto significa que:
La clasificación de los consumidores de gas en España se realiza en función de su presión de suministro y su consumo anual. Según la normativa vigente para el periodo 2025-2026, los peajes de Red Local (RL) se dividen en ocho grupos. Sin embargo, la obligatoriedad de la telemedida sigue criterios estrictos de consumo.
Según el Real Decreto 1434/2002, la telemedida es imperativa para suministros con un consumo superior a los 5 GWh/año (5.000.000 kWh), lo que corresponde a los peajes RL7 y RL8.
No obstante, el mercado ha evolucionado. En los grupos RL5 y RL6 (consumos entre 300.001 y 5.000.000 kWh/año), aunque la normativa permite en ciertos casos la medición convencional, la mayoría de las comercializadoras y distribuidoras están forzando la transición hacia la telemedida. ¿Por qué? Porque permite una facturación basada en la Reserva de Capacidad Diaria (Qd) real, eliminando las estimaciones y ajustando el cobro al uso diario de la red.
Para un consumidor doméstico (RL1-RL3), el impacto del término fijo es lineal y previsible. Sin embargo, al entrar en el escalón RL5, el perfil del cliente suele ser industrial (textil, alimentación, cerámica) o grandes superficies del sector terciario (hoteles, centros comerciales).
En este segmento, la telemedida registra el Caudal Diario (kWh/día). Si la empresa no tiene una gestión activa de estos datos, se enfrenta a dos escenarios críticos:
Es un error asumir que el coste del alquiler de un contador con telemedida es similar al tradicional. De acuerdo con la Orden ETU/1283/2017, el precio del alquiler está regulado y se justifica por la complejidad del hardware (sensores de alta precisión, correctores de volumen PTZ y módems GPRS/5G).
El alquiler de un equipo industrial con telemedida es significativamente más caro. Este incremento debe ser compensado obligatoriamente con una estrategia de optimización de caudal; de lo contrario, la telemedida solo será un coste operativo adicional sin retorno.
Con la telemedida, el cálculo del exceso de caudal es diario y extremadamente preciso. Según la metodología consolidada en la Circular 6/2020 de la CNMC y actualizada para el presente ejercicio mediante la Resolución de la CNMC de mayo de 2025, la penalización no consiste en una multa fija. Se trata de un recargo proporcional que se aplica sobre cada kWh que exceda el Caudal Diario Contratado ($Qd$), utilizando un coeficiente multiplicador que eleva drásticamente el coste del término fijo ese día.
Si una planta industrial tiene un Qd contratado de $5.000$ kWh/día y un día de producción intensa consume $6.500$ kWh/día, la distribuidora facturará esos $1.500$ kWh de exceso a un precio muy superior al ordinario. En sectores con alta estacionalidad, estas penalizaciones pueden suponer un sobrecoste del 15% al 25% anual si no se realiza un ajuste preventivo del contrato.
La mayoría de las empresas revisan el precio del gas cada año, pero casi ninguna revisa si su caudal contratado se ajusta a su realidad operativa actual.
Para optimizar realmente la factura, es necesario:
Gestionar múltiples suministros y entender la complejidad de la telemedida puede ser abrumador para un departamento financiero o de operaciones. Aquí es donde Polaroo marca la diferencia.
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La telemedida no es una "trampa", es una herramienta de precisión. El verdadero coste oculto del gas en 2026 no está en el precio de la molécula, sino en una gestión pasiva de la potencia y el caudal.
Si tu empresa se encuentra en los grupos RL5 a RL8, la pregunta ya no es cuánto pagas por el kWh, sino: ¿Es mi caudal contratado coherente con mis picos reales de consumo?
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